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Páginas de Pedro Luis Boitel
 

Washington College of Law
Centro de Derechos Humanos y Derecho Humanitario


Communication 1604 (Cuba)

Comunicación No. 1604, de l4 de octubre de 1965, en la cual se denuncian torturas al señor Pedro Luis Boitel, preso político en Cuba, ex-presidente de la asociación de estudiantes de ingeniería de la Universidad de La Habana.

La Comisión, en nota de 28 de abril de 1966, solicitó del Gobierno de Cuba la información correspondiente, acompañando las partes pertinentes de ésta y otras denuncias recibidas sobre otros presos político en Cuba.

En el vigésimo período de sesiones (diciembre de 1968), la Comisión prosiguió con el estudio de la situación general de los derechos humanos en Cuba y, en particular, con los casos individuales, como el del señor Pedro Luis Boitel. A tal efecto, designó como relator al Dr. Justino Jimenez de Aréchaga, quien presentó en el propio período un informe con recomendaciones, conforme a las cuales la Comisión acordó lo siguiente:

a) declarar admisibles las comunicaciones a que se refería el documento; b) dirigir una nota al Gobierno de Cuba indicándole que de acuerdo con los Artículo 51 y 52 del Reglamento se presumen verdaderos los hechos denunciados y que, por lo tanto, "se requiere del Gobierno de Cuba que haga cesar las violaciones de los derechos humanos que afectan a las víctimas, como son las condiciones en que se encuentran detenidas y que son contrarias a la Declaración Americana; y c) solicitar al Consejo de la OEA que transmita a los Gobiernos de los Estados miembros, por intermedio de sus Representantes en el Consejo, copia de la nota dirigida al Gobierno de Cuba por la Comisión".

En cumplimiento de ese acuerdo, la Comisión, en fecha 14 de febrero de 1969, se dirigió nuevamente al Gobierno cubano manifestándole que asumía que las autoridades correspondientes del Gobierno de Cuba habrían tomado las medidas del caso para que cesaran las condiciones en que se afirmaba encontrarse el señor Boitel, por ser violatorias de la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre.

El Gobierno de Cuba no dio respuesta a esta comunicación.

Posteriormente, la Comisión continuó recibiendo comunicaciones o reclamaciones en las cuales se ponía de presente la grave situación que confrontaba el señor Pedro Luis Boitel.

En consecuencia, la Comisión en au vigesimosegundo período de sesiones (Segunda Parte - 7 al 22 de noviembre de 1969), examinó nuevamente este caso y otros relativos a presos políticos en Cuba, y acordó dirigirse al entonces Consejo de la Organización de los Estados Americanos para hacer de su conocimiento estos gravísimos hechos, en la esperanza de que ese Consejo, disponiendo de más amplios y variados medios de acción, así como los Gobiernos que en él están representados, pudieran arbitrar "formulas eficaces para la protección de tantos seres humanos sometidos a inminente riesgo de muerte".

Con fecha 15 de mayo de 1972, la Comisión recibió nuevas reclamaciones según las cuales la salud del señor Pedro Luis Boitel, aún preso en el castillo de "El Principe", en La Habana, se agravaba a causa de las torturas y maltratos a que era sometido.

Atendiendo a la urgencia del caso, la Comisión, en nota de 24 de mayo de 1972, se dirigió otra vez al Gobierno de Cuba, en solicitud de información, acompañando las partes pertinentes de las nuevas comunicaciones recibidas (Artículos 42 y 44 de su Reglamento).

Tampoco en esta oportunidad el Gobierno de Cuba dio respuesta.

El 28 del mismo mes y año la Comisión recibió informes que daban cuenta de la muerte, en prisión, del señor Pedro Luis Boitel, después de once (11) años de reclusión.

En su vigesimonoveno período de sesiones (octubre de 1972), la Comisión, teniendo en cuenta todos los antecedentes del caso y, en particular, la falta de respuesta del Gobierno de Cuba, acordó, en virtud de lo dispuesto en el Artículo 51, párrafo 1, del Reglamento, considerar probados los hechos denunciados en la comunicación de 14 de octubre de 1965 y subsiguientes, relativas a la detención arbitraria y torturas infringuidas al señor Pedro Luis Boitel, así como su muerte en prisión como consecuencia de los maltratos recibidos.

[ Base de Datos Interamericana de Derechos Humanos ]


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